Comisión Nacional Bancaria y de Valores
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con facultades en materia de autorización, regulación, supervisión y sanción sobre los diversos sectores y entidades que integran el sistema financiero en México, así como sobre aquellas personas físicas y morales que realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero. La Comisión se rige por la Ley de la CNBV.
Misión
Supervisar y regular a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, y a las personas físicas y demás personas morales cuando realicen actividades previstas en las leyes financieras, a fin de procurar la estabilidad, correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público.
Visión
Ser una autoridad eficiente, moderna y respetada que contribuye a la estabilidad y desarrollo del sistema financiero mexicano en bienestar de la población.
Información Estadística
Información sobre la situación y evolución del sistema financiero en México y de las entidades que lo componen, así como la relacionada con nuestras atribuciones en materia de regulación, supervisión, autorización y sanción.
Presenta de manera periódica información de los sectores bajo supervisión de la CNBV, de tipo numérico y descriptivo, en materia de balances e indicadores financieros, cumplimiento de los requerimientos de liquidez y capital, así como de revelación de información por parte de las Emisoras del mercado de valores y en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.
Presidente encargado: Jesús de la Fuente Rodríguez
Dentro de sus facultades están:
Tiene como objetivo supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del sistema financiero Mexicano que esta ley señala, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses públicos.
Supervisar y regular a las personas físicas demás personas morales, cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al citado sistema financiero.
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