8. Instituciones de Seguros Autorizadas para Practicar Exclusivamente el Reaseguro
Son instituciones especializadas
en realizar contratos a través de los cuales se comprometen a cumplir con una
obligación monetaria, judicial o administrativa ante un tercero, en caso de que
el obligado original no lo hiciera.
Mediante el contrato de reaseguro,
la empresa reaseguradora otorga cobertura a la empresa aseguradora contra el
riesgo del nacimiento de una deuda sobre el patrimonio de esta última. Dicha
deuda será consecuencia de las obligaciones de indemnización asumidas por la
empresa aseguradora en virtud de los contratos de seguros celebrados con los asegurados.
Para el ejercicio de la actividad de Intermediario de Reaseguro, los interesados deberán constituirse como sociedad anónima con arreglo a la Ley General de Sociedades Mercantiles, con un objeto social consiste en la intermediación para la contratación de Reaseguro o Reafianzamiento, así como solicitar a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas autorización, misma que será, por su propia naturaleza, intransmisible.
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