Prestación de servicios a las Sociedades de Inversión
Los fondos de inversión en los términos y casos que señala la Ley de Fondos de Inversión artículo 32, para el cumplimiento de su objeto deberán contratar los servicios que a continuación se indican:
1.- Sociedades Valuadoras de Acciones de Sociedades de Inversión
El precio de valuación de las acciones del fondo de
inversión, es determinado por empresas independientes y autorizadas por la
CNBV, conocidas como “Valuadoras”. Para determinar dicho precio, estas empresas
utilizan el precio de los valores e instrumentos financieros proporcionado, a
su vez, por los proveedores de precio (que también son empresas autorizadas y
reguladas por la CNBV) para calcular el valor total de la cartera del fondo y
consideran los beneficios, costos y gastos asociados a la operación del fondo.
2.- Sociedades Operadoras de Sociedades de Inversión
Son instituciones financieras autorizadas por la CNBV que se
dedican de manera profesional a administrar las carteras de valores de los
fondos de inversión y de terceros, con la finalidad de obtener rendimientos
para los inversionistas.
Son entidades autorizadas por la CNBV que tienen por objeto
principal distribuir las acciones de los fondos de inversión, así como
proporcionar promoción, asesoría a terceros, compra y venta de dichas acciones
en nombre del fondo de inversión de que se trate. La distribución de acciones
de fondos de inversión también puede ser realizada por instituciones de
crédito, casas de bolsa, instituciones de seguros, organizaciones auxiliares
del crédito, uniones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades financieras de objeto múltiple
reguladas y casas de cambio.
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